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HABEAS CORPUS POR LIBRE TRANSITO

Sucede que el Decreto Supremo Nro 044-2020 ha regulado de manera muy restringida las situaciones o actividades profesionales y/o técnicas que permitirían transitar durante el tiempo de cuarentena, obviando a diversos profesionales quienes quizá puedan circular esporádicamente según la labor que desempeñan.

Es el caso de por ejemplo los abogados que atendemos personas detenidas por orden de captura, comisión de un delito o requisitoria. En estos casos el abogado puede trasportarse libremente a prestar la asistencia respectiva incluso de ser el caso a provincia. Sin embargo, en la referida lista no se nos ha mencionado. Así podemos citar otros ejemplos: jefes de seguridad informática, ciberseguridad, psicólogos etc.

Si Ud. necesita transitar libremente cada vez que justificadamente su profesión lo exija deberemos interponer un Habeas Corpus.

Si estás interesado en este servicio deberás solicitar una video llamada ingresa a este link.



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